Preguntas Frecuentes

Todas las respuestas a sus inquietudes respecto a nuestras Certificaciones y Servicios.

Preguntas Frecuentes

La tarifa de la Certificación BASC es asignada únicamente por el Comité de Certificación BASC, quien la determina dependiendo de la complejidad de las actividades y operaciones, niveles de riesgo, cantidad de personal estable y eventual del postulante, entre otros considerandos.

Para quienes certifican por primera vez, el pago previo es necesario para la programación de la auditorí­a de certificación.

A partir del segundo año, el pago debe realizarse hasta el 3er. dí­a hábil antes de la ejecución de la auditorí­a.

Usted puede presentar una apelación y/o queja según corresponda. Por ejemplo: una apelación si es que el hallazgo no estuviera orientado al incumplimiento de la Norma certificada o una queja si es que la conducta del auditor no fue la correcta.

Nota: Puede leer más al detalle sobre el procedimiento de Apelaciones y el procedimiento de Quejas y Sugerencias que se encuentran en la sección de documentos de interés de la Certificación ISO.

Este proceso está a cargo del Coordinador BASC de su organización quien deberá ingresar el usuario y contraseña asignado en la sección BASC NET ubicada en la página web, seguido ir al Catálogo de afiches y elegir los modelos que requiere descargar, para ello debe completar el formulario de solicitud de afiches. Una vez recepcionada su solicitud, un representante del área de Comunicaciones se pondrá en contacto con usted y le enviará a su correo la Carta de Compromiso de uso de material publicitario la misma que deberá enviar y completar en su totalidad adjuntando copia de su documento de identidad. Finalmente, se le enviará el link con las piezas gráficas para su descarga.

Luego de certificarse y recibir su respectivo certificado.

La empresa que certifica por primera vez recibe junto al certificado BASC el Manual de Uso del Logo BASC y el Reglamento de Uso de Imagen Corporativa.

La clave y contraseña para acceder al BASC Net son proporcionadas mediante carta formal en el momento que la empresa recibe el Certificado BASC. En caso de que dicha información no haya sido proporcionada en su momento o extraví­o, sirva contactarse con el área de Comunicaciones de al 511 6128300 anexo 2216.

Contáctese con el área de Comunicaciones al 511 6128300 anexo 2216.

No, los instructores autorizados para formar auditores internos BASC son los instructores formados por la WBO, quienes a través del Capí­tulo BASC capacitarán a los auditores internos BASC.

La inspección de seguridad al contenedor según el SGCS BASC y de acuerdo a lo establecido en el Estándar BASC numeral 2, se realiza a 07 puntos del contenedor, principalmente con el objetivo de verificar la integridad fí­sica del contenedor, y que no exista compartimentos ocultos que favorezcan al transporte de sustancias ilí­citas, entre otros; mientras que la inspección de seguridad según el criterio IICL, organismo internacional que normaliza las caracterí­sticas de los contenedores, es realizado por inspectores IICL certificados y autorizados para realizar dichas inspecciones, con el fin de verificar que el contenedor esté apto estructuralmente para transportar carga de exportación, y así­ evitar cualquier tipo de incidente con la carga.

No existe un periodo determinado de validez del certificado como auditor interno, pero pierde validez si deja de laborar en la empresa que lo patrocinó, adicionalmente los auditores deberán ser reentrenados cuando existan cambios procedimentales o normativos en la WBO.

No, ya que para realizar el curso de auditor interno se solicita una carta aval de la empresa donde labora y quien presenta y avala al colaborador para que participe en el curso de auditor interno en representación de su empresa. Los auditores internos que dejen de laborar en la empresa que los presentó deberán llevar nuevamente sólo el curso de Auditor Interno BASC con la nueva empresa que lo presenta.

Si bien la Norma establece que las auditorí­as internas deberían ser realizadas por auditores propios de la organización, se debe justificar la razón por la cual la empresa decide contratar los servicios de un tercero.

La empresa asociada puede recibir dos (02) Charlas BASC/OEA y 01 Charla CEDRO por año y por sede certificada de manera gratuita. Para poder solicitar estas charlas se deberá contar con un mí­nimo de veinticinco (25) participantes, pudiendo juntarse varios asociados.

No, la participación en los cursos de capacitación incluye la emisión y entrega del certificado, salvo cuando los cursos sean gratuitos, en este caso el participante deberá abonar un monto de S/.35.00 soles.

No, la certificación BASC se otorga por actividad, razón social, y por sede o local.

En el caso de ampliación de la certificación debe remitir los siguientes documentos:

  1. Carta formal solicitando la ampliación de su alcance, en papel membretado y debidamente firmada y sellada por el representante legal.
  2. Descargar "Formato 1". Declaración de origen de fondos.
  3. Descargar “Formato 2”. Declaración de Sujeción a las Disposiciones BASC Vigentes.
  4. Ficha de registro.

Para mayor información sí­rvase contactarse con el Área de Afiliaciones al Teléf. +511 6128300 anexo 2230 – 2229 - 2228

De conformidad con lo establecido en el numeral 9.4.3 del Reglamento para la Afiliación y Certificación BASC, el Capí­tulo programa para las empresas asociadas las auditorí­as de recertificación con dos meses de anticipación a la fecha de vencimiento del Certificado BASC. Asimismo, en el mes de setiembre de cada año, en la página Web, se publica el Programa de Auditorí­as de Recertificación Anual del año siguiente.

Sí­, las empresas pueden solicitar, ví­a correo electrónico, la reprogramación de la fecha de las auditorí­as de certificación o recertificación hasta un plazo de quince (15) dí­as calendario después de la fecha de su programación, conforme lo establece el numeral 9.4.4 del Reglamento para la Afiliación y Certificación BASC.

Las auditorí­as de control no pueden ser reprogramadas, impedidas o aplazadas, por la empresa asociada, conforme el Art. 9.5.1. del mencionado Reglamento.

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